ADGN093PO. Prevención de Blanqueo de Capitales.
Horas: 30 Formato: HTML
Objetivos
Analizar el marco normativo y organismos competentes en prevención de blanqueo de capitales, obligaciones y control interno del sector asegurador y profundizar en la prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo
Descripción
1. Introducción a la Prevención del Blanqueo de Capitales: conceptos básicos
1.1. Introducción
1.2. Fases del proceso de blanqueo de capitales
1.3. Evolución legislativa
1.4. Ámbito de aplicación
1.5. Examen
2. Sujetos Obligados y Colaboradores
2.1. Sujetos obligados
2.2. Sucursales y filiales en el extranjero
2.3. Colaboradores
2.3.1. Colaboración nacional
2.3.2. Colaboración internacional
2.4. Examen
3. Régimen general de obligaciones
3.1. Identificación de los clientes
3.2. Examen especial a ciertas operaciones
3.3. Conservación de documentos
3.4. Colaboración con el Servicio Ejecutivo
3.5. Abstención de ejecución de operaciones
3.6. Deber de confidencialidad
3.7. Establecimiento de procedimientos y órganos de control interno
3.8. Formación
3.9. Examen
4. Control Interno
4.1. Medidas de control interno
4.2. Procedimientos de control interno
4.3. Órganos de control interno y de comunicación
4.4. Representantes
4.5. Censo de sujetos obligados (Este epígrafe sólo se cumplimentará si existen requisitos legales para el ejercicio de la profesión) 9. Requisitos oficiales de los centros: (Este epígrafe sólo se cumplimentará si para la impartición de la formación existe algún requisito de homologación / autorización del centro por parte de otra administración competente. 2. Requisitos técnicos del contenido virtual de aprendizaje Para garantizar la calidad del proceso de aprendizaje del alumnado, el contenido virtual de aprendizaje de las especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad mantendrá una estructura y funcionalidad homogénea, cumpliendo los siguientes requisitos: – Como mínimo, ser los establecidos en el correspondiente programa formativo que conste en el fichero de especialidades formativas previsto en el artículo 20.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y esté asociado a la especialidad formativa para la que se solicita inscripción. – Estar referidos tanto a los conocimientos como a las destrezas prácticas y habilidades recogidas en los objetivos de aprendizaje de los citados programas formativos, de manera que en su conjunto permitan conseguir los resultados de aprendizaje previstos. – Organizarse a través de índices, mapas, tablas de contenido, esquemas, epígrafes o titulares de fácil discriminación y secuenciase pedagógicamente de tal manera que permiten su comprensión y retención. – No ser meramente informativos, promoviendo su aplicación práctica a través de actividades de aprendizaje (autoevaluables o valoradas por el tutor-formador) relevantes para la práctica profesional, que sirvan para verificar el progreso del aprendizaje del alumnado, hacer un seguimiento de sus dificultades de aprendizaje y prestarle el apoyo adecuado. – No ser exclusivamente textuales, incluyendo variados recursos (necesarios y relevantes), tanto estáticos como interactivos (imágenes, gráficos, audio, video, animaciones, enlaces, simulaciones, artículos, foro, chat, etc.). de forma periódica. – Poder ser ampliados o complementados mediante diferentes recursos adicionales a los que el alumnado pueda acceder y consultar a voluntad. – Dar lugar a resúmenes o síntesis y a glosarios que identifiquen y definan los términos o vocablos básicos, relevantes o claves para la comprensión de los aprendizajes. – Evaluar su adquisición durante o a la finalización de la acción formativa a través de actividades de evaluación (ejercicios, preguntas, trabajos, problemas, casos, pruebas, etc.), que permitan medir el rendimiento o desempeño del alumnado.
4.6. Examen
5. Comunicación de operaciones
5.1. Comunicación de operaciones por iniciativa de la entidad obligada del sector asegurador 5.1.1.- Operaciones sospechosas
5.1.2. Operaciones de Reporting Sistemático
5.2. Comunicación de información a instancia del Servicio Ejecutivo
5.3. Exención de responsabilidad
5.4. Procedimiento de comunicación
5.5. Examen
6. Infracciones y Sanciones
6.1. Infracciones
6.2. Sanciones
6.3. Procedimiento sancionador
6.4. Examen
7. La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales y el Servicio Ejecutivo
7.1. La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
7.2. El Comité Permanente
7.3. Los órganos de apoyo a la Comisión
7.3.1. La Secretaría de la Comisión
7.3.2. El Servicio Ejecutivo
7.3.3. Unidades Policiales adscritas al Servicio Ejecutivo
7.4. Examen
8. Prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo
8.1. Introducción
8.2. Bloqueo de transacciones y movimientos de capitales y prohibición de apertura de cuentas en entidades financieras
8.3. Adopción de los acuerdos por la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo
8.4. Control jurisdiccional
8.5. Personas y entidades obligadas
8.6. Exención de responsabilidad
8.7. Régimen sancionador
8.8. Definición de personas y entidades vinculadas a grupos u organizaciones terroristas
8.9. Obligación de cesión de información
8.10. La Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo